V. Decisión
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar la apelación ejercida por la ciudadana (identidad omitida) contra la sentencia de fecha 11.03.2004 dictada por la Jueza Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se Revoca en todas sus partes el fallo apelado dictado en fecha 11.03.2004 por la Jueza Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Tercero: Con lugar la acción de modificación de guarda instaurada por el ciudadano (identidad omitida) en consecuencia se le otorga la guarda de sus hijas (identidad omitida).
Cuar.....