DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Katiuska Del Valle Mata Lugo y Eriberto Ysaac Quijada Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.358.966 y V-13.980.945 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Carla González, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 123.312, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 16.04.2004 ante el Registro Civil del Municipio Marcano del estado bolivariano de Nueva Esparta.