PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda por prescripción adquisitiva interpuesta por la ciudadana YNGRID CAROLINA MOLERO DE LIZARAZO, en contra la ciudadana HELEN ISOLINA GONZALEZ, plenamente identificadas en actas, en consecuencia, se declara propietaria, por efecto de la prescripción adquisitiva transcurrida a su favor de la vivienda de habitación familiar, construida sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), ubicado en la urbanización Nueva Miranda, sector 01, vereda 23, casa N° 17, Parroquia Altagracia, en jurisdicción de Los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: lado con la casa N° 10 de vereda 23 y mide (15 mts), SUR: lado con la casa N° 15 de la vereda 23 y mide (15 mts), ESTE: su fondo con la casa N° 18 de la vereda 25 y mide (10 mts) y OESTE: su frente con la vereda 23 y mide (10 mts), el cual se encuentra registrado por ante la Oficina.....