III
DECISIÓN
Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO, de la acción de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano FERNANDO RENE AÑASCO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.105.524, debidamente asistido por el abogado CRUZ JOSE RODRIGUEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.308.264, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 217.783, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, por la violación de los artículos 81 y 89 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
. Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Estadal .....