PRIMERO: SE HOMOLOGA, por lo que se le atribuye el carácter de cosa juzgada a la transacción laboral celebrada entre la ciudadana CAROLINA D" ANGELICO ARRIETA, y la FUNDACION NIÑOS DEL SOL (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el archivo definitivo del presente asunto por constar en actas el pago referido.