En virtud de lo anterior, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
En el juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) seguido por EURO BENITO DIAZ, en contra de FRANCISCO ANTONIO SALAS SUAREZ, medida de embargo preventivo sobre las Prestaciones Sociales, que le pueda corresponder al ciudadano FRANCISCO ANTONIO SALAS SUAREZ, ya identificado, en su condición de trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A., en caso de retiro, despido, incapacidad parcial o total, o muerte. Todo hasta cubrir la cantidad de DIECINUEVE MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON 08/100 (Bs. 19.161.232,08), suma intimada.
Se niega el decreto de medida de embargo provisional sobre los conceptos , Vacaciones, Utilidades y Fideicomiso.-