Vista la transacción de fecha 10 del presente mes y año celebrada entre las partes contendientes, el Tribunal le imparte su aprobación homologándola y dándole el carácter de cosa juzgada. Asimismo, se ordena la remisión del expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de dar cumplimiento a los términos de dicha transacción, en la forma convenida por las partes, así como para su posterior archivo en señal de la terminación del proceso. Remítase con oficio.
EL JUEZ SUPERIOR TITULAR
DR. EDISON EDGAR VILLALOBOS ACOSTA