DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado JUAN CARLOS SEQUERA, venezolano, natural de Yaritagua, Estado Yaracuy, nacido en fecha 18 de Julio de 1.979, de 24 años de edad, Soltero, de oficio Vigilante, residenciado en la Calle Los Robles cruce con Calle Libertad, Casa N° 28, de Color Verde, frente al negocio Alo Pizza, al lado de Suple Oficina Margarita, Los Robles, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.591.151, por el delito de SUMINISTRO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo.....