´Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS,del causanteBERNARDO JOSE AVILA NAVA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.113.544, a los ciudadanos JASMIRA JOSEFINA LUENGO DE AVILA, BERNARDO JOSE AVILA LUENGO, ANNA PAULA AVILA LUENGO y MARIANA CAROLINA AVILA POLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No. 9.113.697, 20.661.201, 26.709.201 y 20.440.721, dejándose a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvanse las actuaciones en original a la parte solicitante, así como también copias certificadas de la presente decisión.
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