Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos CESAR ALEJANDRO BLANCO URIBE SOSA Y KRISAMBAR ALEJANDRA MONSALVE MANCHEGO en fecha siete (07) de agosto del año dos mil cinco (2.009), ante el Juzgado Tercero del municipio Caroni del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.