Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de SUPLANTACIÓN DE SERIALES DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, relacionadas con el vehículo automotor, cuyas características son: MARCA: FORD, MODELO: F-100; AÑO: 1.972, COLOR: AZUL CELESTE, PLACAS: 750-509, SERIAL DE CARROCERIA: F10AAJ1980, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, SERIAL DE MOTOR: 8 CILINDROS, el cual fue solicitado por parte de la ciudadana GLADYS JOSEFINA CASTELLANOS, Cédula de Identidad N° 9.312.165, siendo que este Tribunal por Resolución N° 4C-1257-2009, de fecha 21-.....