Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO No. 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa seguida al acusado GERARDO MANUEL PEDREAÑEZ PIRELA, por la presunta comisión de los delitos de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto de Vehículo Automotor, en perjuicio de El Estado Venezolano, en el Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, en consecuencia se ORDENA Remitir la actuaciones al Tribunal competente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Notifíquese y déjese copia certificada en el archivo y remítase.-
LA JUEZA SEPTIMA DE JUICIO
DRA. YOLE.....