PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del Tercero Interviniente MATADERO INDUSTRIAL CENTRO OCCIDENTAL C.A, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: Se CONFIRMA con otra motivacion la sentencia recurrida.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la demanda de NULIDAD incoada contra la Providencia Administrativa N° 01638, de fecha 31/07/2015, expediente N° 005-2015-01-000426, emanada de la Inspectoría del Trabajo "José Pio Tamayo", sede Barquisimeto Estado Lara.
CUARTO: Se ordena la REINCORPORACIÓN a su puesto de trabajo del ciudadano RAUL TORIN al cargo que venía desempeñando, con la remuneración que corresponda de acuerdo con los respectivos aumentos salariales que se hayan verificado.
QUINTO: No hay condenatoria en costas dada las resultas del fallo.
SEXTO: Se ordena notificar de la presente decisión al Procurador General.....