DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JULIO CESAR CRISTANCHO ROMERO y MARIUSKA DEL CARMEN NAVA GRATEROL, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 12.412.242 y 15.240.554, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintidós (22) de Diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro (1.994), por ante el Jefe Civil de la Parroquia German Ríos Linares del Municipio Cabimas, estado Zulia; inserta bajo el N° 204, Libro N° 1, Año: 1.994.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho .....