1- SE MODIFICA la Sentencia que declaró con lugar la solicitud de DIVORCIO CON BASE AL ARTICULO 185 A DEL CODIGO CIVIL, presentada por los ciudadanos JOSE FROILAN GONZALEZ y BETY COROMOTO MANZANILLA VILLEGAS, antes identificados, de fecha 02 de mayo de 2014. En consecuencia, donde aparece el segundo apellido de la solicitante como VILEGAS, debe leerse VILLEGAS, y en cuanto al domicilio de los solicitantes, donde se lee domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado