Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, , 2) SE ANULA el fallo apelado y las actuación posteriores a éste, 3) SE REPONE la causa al estado de que el Tribunal Sustanciador, es decir, el Tribunal Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución ADMITA el llamamiento de terceros que efectuara la parte demandada; cumpliendo así con el procedimiento de tercería consagrado en el artículo 52 y siguientes de la ley orgánica procesal del trabajo. Por lo tanto se remite la causa al Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, para que este a su vez remita el presente expediente junto con el expediente principal al Tribunal Décimo Cuarto dede Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para que cumpla con lo ordenado en el presente fallo.