PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano JOSE G. GONZALEZ PRATO, Defensor Público Provisorio Tercero con Competencia en Materia Penal Ordinario, adscrito a la Defensa Pública del estado Zulia, Extensión Cabimas, actuando en su carácter de defensor del ciudadano BREINER JOSE MUÑOZ OLIVARES. SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión N° 3C-2670-12, dictada en fecha 20 de septiembre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese en el libro respectivo, publíquese, déjese copia certificada en archivo y remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente, al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes.