Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de agosto de 2010, por la abogada CLAUDIA SOFÍA RINCÓN, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante DAMARYS BEATRIZ GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, contra la decisión dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA ISTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 03 de agosto de 2010, todos identificados con anterioridad.
SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA ISTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 03 de agosto de 2010.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la .....