DECLARA:
¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Visitas en fecha ocho (08) de Octubre de 2.007, celebrado por los ciudadanos MILAGROS DEL MAR REVILLA y GUILLERMO JOSE SEMPRUN CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N º V ¿ 10.427.995 y 16.624.262 respectivamente, en beneficio de las niñas LAURIMAR y LAURENT SEMPRUN REVILLA, por ante la abogada AFRICA SANCHEZ, Defensora del Niño y del Adolescente Cuadragésima Segunda, Fundación Niños del Sol, Servicio de Defensa, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido Convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese. Regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los.....