CONDENA al acusado, hoy penado JESÚS GERARDO MONTIEL GONZÁLEZ: de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 18-01-85, de 22 años de edad, de estado civil: Concubino, de profesión u oficio: Herrero, Cédula de Identidad No. V-16.835.940, hijo de JESÚS MONTIEL (D) y MARÍA ENGRACIA GONZÁLEZ (V), y con residencia en el Barrio Cujicito, calle 420, Av. 38, a una cuadra del Depósito "La Roca", del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Teléfono No. 0414-680-11-45, como AUTOR del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano JOSÉ SIMÓN NUÑEZ GARCIA, a sufrir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, establecidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, con fundamento en el numeral 6° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, pena que provisionalmente terminara de cumplir .....