DECIDE:
DECRETAR MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre:
Un apartamento, el cual tiene una superficie de sesenta y cinco metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados (65,56 mts2), el cual se compone de un dormitorio principal, un baño principal, un salón comedor, una cocina, un lavadero y un balcón, y está alinderada de la siguiente manera: NORTE: parte con la fachada interior sur del edificio. ESTE: con el apartamento N° 44. OESTE: con la fachada lateral oeste del edificio, construcción 65,56 mts, dicho apartamento se encuentra ubicado en el Edificio Canaima, construido sobre una porción de terreno ubicada en la Avenida Araure, de la urbanización Chuao, apartamento éste distinguido con el N° 43 del prenombrado Edificio, el cual a su vez se encuentra construido sobre la parcela de terreno distinguida con el N° 261 en el plano de la zona Araure de la mencionada Urbanización, y se encuentra dentro de los siguientes linderos: NORTE: en 44,91 mts, con la ave.....