DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE SECUESTRO, sobre el fundo denominado SURBANA O LA SURBANA, constante de QUINIENTOS UNA HECTAREAS (501 Has), ubicado en el Sector El Cruce, Vía 5 de Julio, Jurisdicción de la Parroquia Barí, Municipio Jesús María Semprún del Estado Zulia, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Fundo El Turpial y Fundo de los Hermanos Camacho; SUR: Fundos Casa Blanca y Los Manantiales; ESTE: Fundo de Tomás Bauza y Fundo El Paraíso y OESTE: Fundos Casa Blanca y La Inolvidable; de los actos de despojos realizados por el ciudadano JUAN BAUTISTA PEREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.069.554 y domiciliado en Jurisdicción de la Parroquia Barí, Municipio Jesús María Semprún del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 699 del Código de Procedimiento Civil. En relación a la ejecución del referido decreto, este Despacho judicial lo fijará en auto por separado