Dispositivo
Por las razones precedentes ya expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando como Tribunal Constitucional de Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. Se ADMITE la acción de Amparo Constitucional ejercida por la abogado NILHSI CASTRO SEGOVIA, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CALZADOS PARIS, S.R.L. identificada en autos, por que “...la sentencia accionada violenta en forma flagrante el derecho a la Tutela Judicial efectiva previsto en el artículo 26 del Texto Constitucional...”.
2. Se ORDENA la notificación de la Jueza Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la Ciudad de Cabimas, para que concurra a la audiencia constitucional el día y hora que .....