Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: ERIK JOSE NAVARRO AGUILAR, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-.17.048.491, domiciliado en el sector Jaime Medinas, calle Principal, casa s/n, Parroquia Udón Pérez, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y la ciudadana: YULEISY YASMIN RIVERA MENESES, venezolana, soltera, titular de la cedula de identidad N° V.-18.720.854, domiciliada en el sector Jaime Medinas, calle Principal, casa s/n, Parroquia Udón Pérez, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, a fa.....