Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA, la Privación Judicial Preventiva de libertad al ciudadano LUIS ALFONSO LEON SANCHEZ, de nacionalidad Colombiano, natural de Saraven, de 30 años de edad, nació el 28-11-1.975, soltero, trabajador del campo, dice no poseer cédula, hijo de Manuel Domingo León y de Maria Elodia López Sánchez, residenciado por la carretera de Casigua al kilómetro 7, en una Parcela propiedad de la señora Maria Teresa Guanipa, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, a quien la representante de la Fiscalía Décimasexta del Ministerio Público le atribuye la precalificación de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 80 en.....