JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada.
SEGUNDO: SE ORDENA a la ciudadana Daniela Fuenmayor, en su condición de Intendente Urbano adscrita a la Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU), ABSTENERSE de realizar cualquier acto que impida el normal desarrollo de las actividades tendientes a la remodelación o ampliación del Instituto Educativo los Apamates, S.R.L" (APAMATES, S.R.L), emprendidas por la Fundación WIN.
TERCERO: SE ADVIERTE a la presunta agraviante que la presente decisión debe ser acatada de forma inmediata e incondicional, so pena de incurrir en desobediencia a la Autoridad Judicial.
CUARTO: SE ORDENA NOTIFICAR de la presente decisión a la ciudadana Alcaldesa de Maracaibo, al ciudadano Síndico Procurador del Municipio Maracaibo .....