IV.- DECISION
Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Improcedente la acción de amparo constitucional intentada por el Ciudadano Cirilo Antonio Marcano Rodríguez contra la sentencia de fecha 24.11.2004 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se revoca la medida cautelar innominada decretada por este Tribunal Superior en fecha 21.07.2004 consistente en suspender la ejecución de la sentencia de fecha 24.11.2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
Tercero: No hay condena en costas por no haber temeridad en la acción.
Publíquese, Re.....