"PRIMERO: Con Lugar la solicitud interpuesta por la ciudadana MARILYN ELENA TENIAS UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 12.530.135, en beneficio de su hijo, el niño "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente"nacido el 20 de noviembre de 2003, quien cuenta actualmente con 11 años de edad . En consecuencia, se declara que el niño "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente" nació el 20 de noviembre de 2003, en la Policlínica Maracaibo, C.A., ubicada en el Municipio Maracaibo, Parroquia Olegario Villalobos, del estado Zulia a tenor de lo consagrado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil."