TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA LA ACCIÓN en el juicio que por aplicación de la CONVENCIÓN COLECTIVA siguen los ciudadanos JOSÉ AÑEZ, JESÚS CASTILLO, ALFONSO MOLERO, HEBERTO CUBA, ROBERTO BRICEÑO, ADALBERTO FUENMAYOR, JOSÉ ABREU, ADOLFO CAMEJO, ALCIDES SILVA, JOSÉ MEDINA, EDUARDO VALERO, SILVERIO PADRÓN, DANIEL AULAR, ENOES LÓPEZ, PEDRO TORRES, NOLBERTO LEAL y AURORA LARES, en contra de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA (LUZ), ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. No se condena en costas a la parte demandante por devengar los accionantes menos de tres (3) salarios mínimos. Se ordeno la notificación del Ciudadano Procurador General de la Republica. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por la Secretaría del .....