Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuesto este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la SUSPENSIÓN CONDIONAL DEL PROCESO, a favor del Acusado: EDGAR ALEXANDER TROCONIS, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de 34 años de edad, soltero, vendedor de frutas, Titular de la Cédula de Identidad No. 10.443.527, hijo de Maria Troconis y Miguel Pérez, fecha de nacimiento: 05-03-19974 y residenciado en Residencias en el Barrio los Robles, calle 113, con avenida 62, casa No. 58-62, Maracaibo ¿ Estado Zulia, por el lapso de DOCE (12) MESES, quien deberá cumplir con la siguiente obligación: 1) Presentarse una vez cada SESENTA (60) DIAS, por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Régimen Penitenciario; 2) Abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y 3) Mantener el domicilio aquí indicado, y en caso de cambio no.....