DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado IVÁN ENRIQUE RINCÓN FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.528.221, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, soltero, oficio: taxista, hijo de EMIRO RINCÓN y MARÍA FERNÁNDEZ, con última residencia conocida en la Urbanización La Trinidad, Av. 15H, casa N° 55-35, Municipio Maracaibo, Estado Zulia; de conformidad con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándole un plazo de régimen de prueba por el lapso de TRES (03) AÑOS, contados a partir de la presente fecha, la cual terminará de cumplir el día 29-07-2011.- Regístrese la presente decisión. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificación a las partes y remítase con oficio al Coordi.....