DISPOSITIVO
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece:
PRIMERO: Se apertura Despacho Saneador ordenándose al accionante indicar cual es el, o los derechos constitucionales infringidos y sobre que situación solicita sea decretada una medida cautelar innominada y descripción narrativa del hecho, acto, omisión y demás circunstancias que motiven la solicitud de amparo.
SEGUNDO: se ordena notificar a la ciudadana JANNETH CAROLINA ARNIAS VALBUENA en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ESTHER AVILA, Domicilio Procesal Centro Comercial Santa Bárbara de Alu local 50 calle 8 antes Páez, Paseo Ciencias Avenida 95 de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, para que dentro de las cua.....