Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 3, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley emite los siguientes pronunciamientos: SE ACUERDA MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor del ciudadano JENDHER LARRY GAMERO WETTER, Venezolano, titular de la cédula de identidad No. 20.905787, de 20 años de edad, nacido en fecha 09 de Noviembre del año 1991, de profesión u oficio Carnicero, con domicilio en el sector Los Conucos de Vicuña, calle N° 1, casa N° 08, Los Millanes, Municipio Marcano de este Estado, teléfono 0424-8111534, solicitada por ante la Unidad de Atención a la Víctima de Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la cual manifiesta: En tal sentido el compareciente manifestó: Acudo a los fines de solicitar MEDIDA DE PROTECCIÓN PERSONAL Y POLICIAL, para mi y grupo familiar conformado por los ciudadanos ARGELIA SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad N° 2.831.524, qui.....