Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA El Reposo Domiciliario a la ciudadana Acusada SONIA YUMELY RENDON ESPINOZA, ampliamente identificada, y deberá cumplirlo en la siguiente dirección: URBANIZACIÓN PLAYA EL ÁNGEL CALLE EL CARITE, RESIDENCIAS LA CRESTA, APARTAMENTO BC, PLANTA BAJA, MUNICIPIO MANEIRO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, por un lapso de CIENTO VEINTE (120) DIAS CONTINUOS, contados a partir del día VEINTINUEVE (29) DE JUNIO DE DOS MIL ONCE (2011) hasta el día VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DEL MISMO AÑO, debiendo ser trasladada a la sede del Internado Judicial de la Región Insular, al día siguiente de su vencimiento, salvo que su estado de salud amerite un nuevo reposo, previamente sugerido por el médico tratante y ratificado por la Medicatura Forense.....