Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia en funciones de Juicio en forma unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE al acusado: ERICK ENRIQUE MAVAREZ VALDEZ, Nacionalidad: Venezolana, Natural de Maracaibo, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 11-02-1985, estado civil: casado, titular de la cédula de identidad No. 16.457.458, profesión u oficio: chofer, hija de Erick Mavarez y Nerva Valdez, residenciado en la avenida 53, calle 3, casa N° 115-84, a tres cuadras del Colegio Luis Guillermo Sánchez, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley del articulo 16 del Código Penal, por se autor en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO, de conformidad con el artículo 458 en concordancia con el artículo 84 ordinal 1º ambos del .....