Por los fundamentos de Hecho y de Derechos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JHONNY DANIEL GUTIERREZ GUERRA, venezolano, cedula de identidad V- 19.111.982, concubino, fecha de nacimiento 22-11-1975, profesión u oficio carpintero, hijo de DANIEL GUTIERREZ y JUANA GUERRA, residenciado en el Barrio el Níspero, diagonal al Deposito La Polar calle 114, Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley previstas en el articulo 16 del Código Penal, por ser AUTOR, en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en concordancia con el articulo 84 Ordinal 3° ejusdem, cometido en perjuicio de la SOCIEDAD MERCANTIL MARVAL CA, o BINGO EUROZULIA, y A.....