este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 03 de junio de 2.010, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales intentó el ciudadano JOSE GREGORIO VICUÑA CONTRERAS en contra de la sociedad mercantil PROTEBECA, C.A. 2) QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA.