CON LUGAR la demanda de Revisión de Sentencia por Aumento de Pensión Alimentaria, intentada por la ciudadana DENIS DEL CARMEN PUCHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.608.396, en contra de los ciudadanos PATRICIA Y ROBERTO ANDRES PAPPATERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrsº 11.295.302 y 13.415.274, respectivamente, a favor de la adolescente SABRINA ISABEL PAPPATERRA PUCHE. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria este Juez Unipersonal Nº 1, atendiendo a las necesidades de la adolescente de autos, a las erogaciones de los demandados y sus capacidades económicas, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a MEDIO SALARIO ( 1/2) de salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de SEISCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS NOVENTA BOLIVARES (Bs. 614.790,oo) mensuales; lo que significa que la cantidad obligada a .....