Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
A) CON LUGAR la demanda intentada por la abogada en ejercicio MARÍA MILAGROS SOCORRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.698.861, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.961, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil BANCO FEDERAL, C.A, debidamente constituida y domiciliada en la ciudad de Coro, Estado Falcón, en el Registro Mercantil que se llevaba por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, bajo el N° 64, folios 269 al 313, Tomo III, en fecha 23 de abril de 1982, cuya Acta Constitutiva y Estatutos fueron reformados en el mismo Registro
Mercantil, en fecha 04 de junio de 1990, bajo el N° 163, folio.....