Por las razones que anteceden, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos MORALES MANGAS JOSE GREGORIO y MARIN MOLERO ARELYS GISELA, anteriormente identificados, en los términos en ella expuestos.-
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en San Rafael de El Mojan, a los veinte (29) días del mes de abril de dos mil trece. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.