DISPOSITIVA:
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO. SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado DIÓMEDES FUENMAYOR SANTANDER, actuando con el carácter de Defensor Privado del acusado ADRIAN ELIEZER ALEX ROMERO. SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia N°.110-11, de fecha 26 de enero de 2011, dictada por el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se condenó al acusado: ADRIAN ELIEZER ALEX ROMERO, a cumplir la pena de SEÍS (06) AÑOS y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, contempladas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de CÓMPLICE NO NECESARIO EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 y 84 numeral 3 del Código Penal, y Autor .....