Por los fundamentos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Segundo Unipersonal de Primera Instancia actuando en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CULPABLE al ciudadano RIGER SOTO SALAZAR, identificado previamente en este sentencia, y en consecuencia LO CONDENA a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS, QUINCE (15) DÍAS Y SIETE (7) HORAS DE PRISIÓN, como autor responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO ALEVOSO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 ejusdem, al igual que a las penas accesorias de ley previstas en le artículo 13 del Código Penal.
Regístrese, publíquese y déjese asent.....