1. CON LUGAR, la Demanda por Derecho a la Jubilación Especial incoada por las ciudadanas LISBER MORALES RINCÒN contra de la Sociedad Mercantil "COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV)", plenamente identificado en las actas procesales, en consecuencia se ordena a la demandada proceda a JUBILAR al ciudadano antes señalado otorgándole el Plan de Jubilación Especial establecido en la convención Colectiva firmada entre CANTV y FETRATEL.
2.- Así mismo se ordena a la "COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV)", la cancelación de las cantidades que por concepto de pensión de Jubilación le corresponda al referido ciudadano, computadas desde la fecha de la terminación de la Relación de Trabajo hasta el efectivo cumplimiento por parte de la accionada del presente dispositivo.
3.- Del mismo modo se ordena a la Sociedad Mercantil CANTV, la cancelación de todas las Pensiones de Jubilación, computadas desde la fecha de la Terminación de la Relación de Trabajo ha.....