PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA
INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por la parte actora por el ciudadano ROMEO ANTONIO OQUENDO BARRIOS por intermedio de su apoderado judicial abogado en ejercicio JUAN ALVARADO MELENDEZ, contra la sociedad mercantil SUELO PETROL, SACA CA, por motivo de Diferencias de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa juzgada al presente juicio.
TERCERO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de esta sentencia por secretaría, a los fines previstos en el artículo 248 del Códig.....