Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la Conversión de la Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento presentada por los ciudadanos Lebys Jesús Arroyo Gutiérrez y Elizabeth Jacqueli Manrufo Carrasco, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 5.322.203 y V-15.412.835, respectivamente, en divorcio.