DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JORGE ELIEZER CRUZ DAZA Y PENELOPE LOURDES GONZALEZ MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.502.307 y V-9.348.428, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, contrajeron Matrimonio Civil el día cinco (05) de Septiembre de 1994, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Luis Hurtado Higuera del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según se evidencia en el acta de matrimonio signada con el Nº 155, la cual anexaron en copia c.....