DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Nataly Nazareth Adrián y Tomás Enrique Luna Villalba, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.543.394 y V-12.506.996 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Katty Gómez, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 144.503, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 10.11.1993 ante el Registro Civil del Municipio Arismendi estado bolivariano de Nueva Esparta.