PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento efectuado por el ciudadano JORGE TUVIÑEZ en el procedimiento que por cumplimiento de contrato lleva en contra de la demandada BOLIVARIANA DE PUERTOS, S.A., PUERTO DE MARACAIBO mejor conocida como BOLIPUERTOS, todos plenamente identificados en las actas procesales.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena la notificación al Procurador General de la Republica