Se declara CON LUGAR la acción de Desalojo, ejercida por el ciudadano ENRIQUE FELSENSTEIN, en contra del ciudadano FERNANDO NAVARRO, de acuerdo con lo establecido en el literal (a) del artículo 34 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
Segundo: Se condena a la parte demandada entregar a la parte actora, sin plazo alguno, el bien inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 8, ubicado en el Tercer piso del Edificio de Residencias El Prado, en la Av. Antonio José de Sucre, cruce con calle 6, Urbanización Jorge Coll, Municipio Maneiro Estado Nueva Esparta.
Tercero: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora, la cantidad de trescientos cincuenta mil bolívares (Bs.350.000,00) equivalentes a Trescientos Cincuenta Bolívares (Bs. 350,00) por concepto de los cánones de arrendamiento insolutos, correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2007, así como los que se sigan venciendo, hasta el momento en el cual se de.....