CONCLUSIONES
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana VILNA GONZALEZ ARELLANO, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 9.773.494 y domiciliada en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, siendo su apoderado judicial el abogado en ejercicio CARLOS ACOSTA RIVERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 40.918 y de este domicilio, en contra del ciudadano HERNAN JOSE AGUILERA RODRIGUEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.068.604 y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; con motivo del ACCIDENTE DE TRÁNSITO ocurrido el día 27 de marzo de 2004, siendo aproximadamente las ocho de la mañana (08.00 a.m.), por el kilómetro 40.....